Las reglas
- El día del accidente la empresa te paga el salario completo.
- Desde el día siguiente: el 75 % de la base reguladora, sin días de espera.
- No se exige un periodo mínimo cotizado.
- Paga la mutua (o el INSS), normalmente a través de la nómina.
¿Qué cuenta como accidente de trabajo?
El que sufres con ocasión o por consecuencia de tu trabajo, incluido el accidente “in itinere” (al ir o volver del trabajo por el trayecto habitual). Las enfermedades profesionales son las del cuadro oficial vinculadas a tu actividad.
Ejemplo: 45 días con 2.100 € de base
- Base reguladora diaria aproximada: 2.100 ÷ 30 = 70,00 €.
- Día 1: salario íntegro, 70,00 €.
- Días 2 a 45 (44 días) al 75 %: 44 × 52,50 € = 2.310,00 €.
- Total: 2.310,00 €.
Por enfermedad común, los mismos 45 días darían solo 2.026,50 €.
Accidente laboral frente a enfermedad común (base 2.100 €)
| Días de baja | Accidente laboral | Enfermedad común |
|---|---|---|
| 3 | 105,00 € | 0,00 € |
| 7 | 315,00 € | 168,00 € |
| 15 | 735,00 € | 504,00 € |
| 30 | 1.522,50 € | 1.239,00 € |
| 45 | 2.310,00 € | 2.026,50 € |
| 90 | 4.672,50 € | 4.389,00 € |
| 180 | 9.397,50 € | 9.114,00 € |
Detalle de la base
En contingencias profesionales la base reguladora es la base por contingencias profesionales del mes anterior (sin horas extra) entre sus días, más las horas extra del año anterior divididas entre 365. Si haces horas extra con regularidad, tu prestación será algo mayor que la de esta calculadora.
Si la mutua te da de alta y no estás de acuerdo, puedes reclamar. Y si el accidente se debió a falta de medidas de seguridad, puede haber un recargo del 30 % al 50 % a cargo de la empresa.
Resumen rápido: la baja en 2026
| Enfermedad común | Accidente de trabajo | |
|---|---|---|
| Días 1-3 | 0 % (salvo convenio) | Día 1: salario íntegro |
| Días 4-20 | 60 % | 75 % |
| Desde el día 21 | 75 % | 75 % |
| Cotización previa | 180 días en los últimos 5 años | No se exige |
| Duración máxima | 365 + 180 días | 365 + 180 días |
Consejos prácticos
- Mira tu nómina: la “base de contingencias comunes” es el dato que necesitas. Si tu sueldo varía, usa la del mes que corresponda.
- Revisa tu convenio: muchos complementan hasta el 100 %, a veces solo con hospitalización o a partir de cierto día.
- No tienes que entregar partes: el médico los envía a la Seguridad Social.
- Las vacaciones no se pierden: si coinciden con una baja, puedes disfrutarlas después, incluso al año siguiente.
- Puedes salir de casa si no perjudica tu recuperación, salvo indicación médica; lo que no puedes es trabajar.
Desde el 1 de diciembre de 2026, si el Real Decreto-ley 31/2026 se convalida, la base que se toma es la del mes anterior al mes previo a la baja; además se añaden situaciones especiales (trastorno menopáusico secundario incapacitante y lesiones por violencia de género) que se pagan desde el día siguiente. Datos comprobados el 5 de noviembre de 2026.
FAQ
¿Cuánto se cobra de baja por accidente laboral?
El salario completo el día del accidente y el 75 % de la base reguladora desde el día siguiente.
¿Cuánto cobro por 45 días de baja por accidente con 2.100 € de base?
Unos 2.310,00 € brutos.
¿El accidente yendo al trabajo es accidente laboral?
Sí, el accidente in itinere en el trayecto habitual de ida o vuelta se considera accidente de trabajo.
Fuentes verificadas el 5 de noviembre de 2026: LGSS (RDLeg 8/2015) arts. 169-176 (incapacidad temporal: nacimiento del derecho, duración de 365 + 180 días); Orden de 13 de octubre de 1967 y RD 1300/1995 (60 % del día 4 al 20, 75 % desde el 21; 75 % desde el día siguiente en contingencias profesionales); Orden PJC/297/2026 (base máxima 5.101,20 €); Real Decreto-ley 31/2026 (BOE 21-10-2026; desde el 1-12-2026 cambia el mes de referencia de la base reguladora, pendiente de convalidación); guiafiscal.es “Baja laboral (IT) 2026” y Garrigues, “Aprueban nuevas situaciones especiales de incapacidad temporal”.