🇪🇸 Baja IT 2026
PAGO DE LA INCAPACIDAD TEMPORAL

¿Quién paga la baja laboral?

Empresa, Seguridad Social, mutua… ¿quién te ingresa el dinero cuando estás de baja? Te lo explicamos día a día.

Tu baja

Día a día (enfermedad común)

Días de bajaCuántoQuién lo asume
1 a 30 % (salvo convenio)Nadie (o la empresa si el convenio lo mejora)
4 a 1560 %La empresa, a su cargo
16 a 2060 %INSS o mutua
21 en adelante75 %INSS o mutua

Pago delegado: por qué todo llega en la nómina

Aunque desde el día 16 la prestación la financia el INSS o la mutua, en la mayoría de empresas te la sigue pagando la empresa en la nómina, que luego se la descuenta de las cotizaciones. Tú ves una línea de “prestación IT” y otra de “complemento” si tu convenio lo mejora.

Hay pago directo (te ingresa el INSS o la mutua) en algunos casos, por ejemplo si la empresa deja de pagar o cuando la baja sigue tras terminar tu contrato.

Ejemplo: 20 días con 2.400 € de base

Base diaria: 80 €. Días 4 a 20: 17 días × 48 € = 816,00 €. De ellos, la empresa asume los días 4 a 15 (576,00 €) y el INSS o la mutua los días 16 a 20 (240,00 €).

Reparto según la duración (base 2.400 €)

Días de bajaTotal brutoA cargo de la empresaA cargo de INSS o mutua
30,00 €0,00 €0,00 €
10336,00 €336,00 €0,00 €
15576,00 €576,00 €0,00 €
20816,00 €576,00 €240,00 €
301.416,00 €576,00 €840,00 €
603.216,00 €576,00 €2.640,00 €
905.016,00 €576,00 €4.440,00 €

¿Y los partes?

Desde 2023 no tienes que entregar los partes de baja a la empresa: el médico los envía directamente a la Seguridad Social, que se los comunica. Solo tienes que acudir a las revisiones.

Si eres autónomo

Cobras desde el día 4 (60 % hasta el 20, 75 % después) sobre tu base de cotización, directamente de tu mutua, y desde el día 61 de baja no pagas la cuota de autónomos.

Resumen rápido: la baja en 2026

Enfermedad comúnAccidente de trabajo
Días 1-30 % (salvo convenio)Día 1: salario íntegro
Días 4-2060 %75 %
Desde el día 2175 %75 %
Cotización previa180 días en los últimos 5 añosNo se exige
Duración máxima365 + 180 días365 + 180 días

Consejos prácticos

Desde el 1 de diciembre de 2026, si el Real Decreto-ley 31/2026 se convalida, la base que se toma es la del mes anterior al mes previo a la baja; además se añaden situaciones especiales (trastorno menopáusico secundario incapacitante y lesiones por violencia de género) que se pagan desde el día siguiente. Datos comprobados el 5 de noviembre de 2026.

FAQ

¿Quién paga los primeros días de baja?

Los días 1 a 3 no hay prestación por ley. Del 4 al 15 paga la empresa, y desde el 16 el INSS o la mutua.

¿Por qué me paga la baja mi empresa y no la Seguridad Social?

Por el pago delegado: la empresa adelanta la prestación en la nómina y luego la descuenta de sus cotizaciones.

¿Cuánto paga la empresa en una baja de 20 días con 2.400 € de base?

576,00 € (días 4 a 15). El INSS o la mutua asume 240,00 € (días 16 a 20).

Fuentes verificadas el 5 de noviembre de 2026: LGSS (RDLeg 8/2015) arts. 169-176 (incapacidad temporal: nacimiento del derecho, duración de 365 + 180 días); Orden de 13 de octubre de 1967 y RD 1300/1995 (60 % del día 4 al 20, 75 % desde el 21; 75 % desde el día siguiente en contingencias profesionales); Orden PJC/297/2026 (base máxima 5.101,20 €); Real Decreto-ley 31/2026 (BOE 21-10-2026; desde el 1-12-2026 cambia el mes de referencia de la base reguladora, pendiente de convalidación); guiafiscal.es “Baja laboral (IT) 2026” y Garrigues, “Aprueban nuevas situaciones especiales de incapacidad temporal”. RD 1060/2022 (partes de baja sin entrega a la empresa).

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