Cómo se calcula el ISR en RESICO
En RESICO el ISR es muy sencillo: se toma lo que cobraste en el mes (sin IVA) y se multiplica por una sola tasa que depende del total. No se restan gastos y no es por escalones: si cobras $30,000, pagas 1.10% sobre los $30,000 completos.
Tasas de RESICO (art. 113-E LISR)
| Ingresos mensuales hasta | Tasa mensual | Ingresos anuales hasta | Tasa anual |
|---|---|---|---|
| $25,000.00 | 1.00% | $300,000.00 | 1.00% |
| $50,000.00 | 1.10% | $600,000.00 | 1.10% |
| $83,333.33 | 1.50% | $1,000,000.00 | 1.50% |
| $208,333.33 | 2.00% | $2,500,000.00 | 2.00% |
| $3,500,000.00 | 2.50% | $3,500,000.00 | 2.50% |
Retenciones
Cuando le cobras a una persona moral, esta te retiene 1.25% de ISR y dos terceras partes del IVA. Esas retenciones se restan de tu pago. Si te retienen más ISR del que te toca (pasa cuando casi todo lo cobras a empresas y tu tasa es 1% o 1.10%), te queda ISR a favor.
IVA
El IVA funciona igual que en otros regímenes: cobras 16% a tus clientes, restas el IVA que pagaste en tus gastos con factura y el que te retuvieron, y pagas la diferencia. Algunos ingresos no causan IVA, como la renta de casa habitación o los honorarios médicos.
Ejemplo
Cobras $40,000 en el mes, la mitad a empresas, y tuviste $5,000 de gastos con IVA. ISR: $40,000 × 1.10% = $440.00, menos $250.00 de retención = $190.00. IVA: $6,400.00 − $2,133.33 retenido − $800.00 acreditable = $3,466.67.
Requisitos principales: ingresos de hasta $3,500,000 al año, no ser socio de una persona moral y estar al corriente con el SAT. Si solo tienes ingresos de RESICO y presentaste tus pagos a tiempo, la Resolución Miscelánea considera definitivos tus pagos mensuales y no te pide declaración anual; si además tienes sueldos u otros ingresos, revisa si debes presentarla.
Guías y ejemplos de RESICO
FAQ
¿Cuánto ISR pago en RESICO si gano $40,000 al mes?
1.10% de $40,000 = $440.00. Si la mitad la cobraste a personas morales, te retuvieron $250.00 y pagas $190.00.
¿La tasa de RESICO es por escalones?
No. Se aplica una sola tasa a todo lo cobrado en el mes, según en qué rango cae el total.
¿Cuánto retienen las empresas a RESICO?
1.25% de ISR sobre el subtotal y dos terceras partes del IVA.
¿Cuál es el límite de ingresos de RESICO?
$3,500,000 al año. Si lo rebasas, pasas al régimen general.
Fuentes (consultadas el 5/11/2026): Ley del ISR arts. 113-E (tablas de tasas), 113-G y 113-J (retención de 1.25%), texto vigente (Cámara de Diputados; sdv.com.mx); Ley del IVA arts. 1-A, 5 y 15; reglas de la RMF que consideran definitivos los pagos mensuales de RESICO persona física (IDC, 2024–2025; Paquete Económico 2026).